Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema confirma la sentencia de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas que acoge un recurso de amparo en contra de una orden de arresto decretada por falta de pago de compensación económica. El tribunal establece que la compensación económica derivada del divorcio no constituye una pensión alimenticia, sino una indemnización compensatoria. Por lo tanto, no puede ser objeto de apremio mediante arresto, ya que esta medida está reservada únicamente para el incumplimiento de obligaciones alimenticias. La decisión se fundamenta en la protección del derecho a la libertad personal consagrado en la Constitución y en tratados internacionales vigentes. Se revoca la orden de arresto y se ordena dejar sin efecto la medida de apremio.