Resumen del criterio jurisprudencial
La empresa Agrícola Grapeland S.A. solicitó la regularización de siete derechos de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas ante la Dirección General de Aguas, basándose en el artículo 2° Transitorio del Código de Aguas. La DGA constató la existencia de los pozos pero señaló que no se acreditó la antigüedad ni el uso ininterrumpido requerido, además de que un pozo interfería con otra captación y el acuífero estaba declarado área de restricción. El Primer Juzgado de Letras de San Felipe rechazó la solicitud, y la Corte de Apelaciones de Valparaíso confirmó el fallo. La solicitante dedujo recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema, alegando una errada interpretación del artículo 2° Transitorio y la falta de aplicación del artículo 7° del Decreto Ley N°2603. La Corte Suprema rechazó el recurso, sosteniendo que la exigencia de uso personal a la fecha de vigencia del Código de Aguas no permite acumular posesiones de antecesores, y que en el caso no se probaron los requisitos de antigüedad y uso ininterrumpido. El fallo fue acordado por unanimidad, con una prevención del Ministro Muñoz que, aunque sostiene una interpretación distinta, consideró que los hechos no fueron impugnados adecuadamente.