Resumen
El abogado Á.S.P. interpuso una queja contra la denegatoria de su recurso de inconstitucionalidad, el cual se dirigía contra una decisión de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo que redujo sus honorarios regulados en primera instancia a $901.908 y fijó los de Alzada en $270.572. El letrado consideraba que la regulación era arbitraria por apartarse de los mínimos arancelarios establecidos en la ley 5134 (arts. 39, 49 y 51), que fijaban un mínimo de 20 UMA para acciones de amparo. La Cámara denegó el recurso por no configurarse un caso constitucional, y el Fiscal General Adjunto propició rechazar la queja. El Tribunal Superior de Justicia, por mayoría, rechazó la queja al considerar que el recurrente no demostró la existencia de un caso constitucional, limitándose a discrepar con la ponderación de los criterios de proporcionalidad. El juez L.F.L., en disidencia, consideró que la Cámara se apartó de los mínimos legales sin justificación suficiente y votó por hacer lugar a la queja y al recurso de inconstitucionalidad.