Seguridad social

Enfermead Grave de niño/a menor de una año.el reposo posterior a los primeros treinta d…

Resumen del criterio jurisprudencial

Enfermead Grave de niño/a menor de una año.el reposo posterior a los primeros treinta días corridos no está limitado y el profesional puede otorgar licencia por la enfermedad grave del hijo menor de un año, por el período que estime indispensable, sin que ello quede condicionado a que no exista solución de continuidad con los primeros 30 primeros días corridos.

Licencia MédicaEnfermedad grave del niño menor de un año

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.