LaboralRechaza

E.A.M.V., ingeniero que laboró para CODELCO División Chuquicamata desde el 4 de mayo de…

Sentencia · Corte Suprema · 2021

Resumen

E.A.M.V., ingeniero que laboró para CODELCO División Chuquicamata desde el 4 de mayo de 2009, fue despedido el 24 de septiembre de 2020 bajo la causal de necesidades de la empresa, argumentando el cierre progresivo del Rajo Chuquicamata. El demandante interpuso acción de despido improcedente y cobro de prestaciones laborales, cuestionando la suficiencia de las razones esgrimidas por la empresa. El Juzgado de Letras del Trabajo de Calama rechazó la demanda en todas sus partes, declarando justificado el despido. La sentencia confirmó que la causal invocada por CODELCO era válida conforme a la normativa laboral vigente. Se condenó a cada parte al pago de sus propias costas.

Normas citadas

  • Artículo 1 Código del Trabajo
  • Artículo 7 Código del Trabajo
  • Artículo 9 Código del Trabajo
  • Artículo 41 Código del Trabajo
  • Artículo 55 Código del Trabajo
  • Artículo 58 Código del Trabajo
  • Artículo 63 Código del Trabajo
  • Artículo 159 Código del Trabajo
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