Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Costituzionale italiana se pronuncia sobre la constitucionalidad del artículo 635, quinto comma, del Código Penal italiano, que subordina la suspensión condicional de la pena en delitos de daño a la eliminación de las consecuencias dañosas o peligrosas del delito, o alternativamente a la prestación de actividades no remuneradas en favor de la colectividad. El Tribunal de Florencia había cuestionado esta disposición por presunta violación del artículo 3 de la Constitución italiana (principio de igualdad). La Corte desestima las cuestiones de constitucionalidad planteadas, validando el requisito de reparación del daño como condición para la suspensión condicional de la pena. La sentencia confirma que la normativa no viola el principio de igualdad constitucional.