Laboral

El empleador no se encuentra obligado a conceder a sus de­pendientes permisos especiale…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 2001

Resumen

El empleador no se encuentra obligado a conceder a sus de­pendientes permisos especiales para concurrir a consultas médicas, sin prejuicio que por mutuo acuerdo de trabajador y empleador puedan concordarse éstos, sus términos, condicio­nes y formas de compensación.

Normas citadas

  • Código del Trabajo
  • Artículo 66 del Código del Trabajo
  • Artículo 32 del Código del Trabajo

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