Resumen del criterio jurisprudencial
El recurso de apelación interpuesto por el demandado contra el laudo arbitral de 30 de septiembre de 2024, que había ordenado la partición de un inmueble ubicado en Puerto Montt, fue examinado por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. El demandado solicitó que se revocara la sentencia y se determinara la fecha de extinción de la sociedad conyugal, así como un mayor valor de la propiedad por el transcurso del tiempo y los gastos de mejoras. La Corte constató que la sociedad conyugal se extinguió con el divorcio dictado el 19 de noviembre de 2018, de acuerdo al artículo 1764 del Código Civil. Asimismo, confirmó que la tasación pericial de $145.603.130, que incluía las mejoras realizadas por el demandado, era adecuada y que no se habían presentado pruebas que modificaran dicho valor. Finalmente, la Corte desestimó el recurso, confirmando el laudo y la ordenata sin costas, y no se registró opinión disidente.