Resumen del criterio jurisprudencial
Se interpuso una acción constitucional de protección en contra de una Isapre y la Superintendencia de Salud por el alza unilateral de la prima GES. El recurrente estimó que el aumento era desproporcionado e injustificado, vulnerando sus garantías constitucionales de los numerales 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución. La Corte Suprema confirmó la sentencia apelada que rechazó el recurso. Consideró que la prima GES fue determinada tras un proceso objetivo y fiscalizado por la Superintendencia, en cumplimiento de la ley. No se advirtió un actuar ilegal ni arbitrario. Por lo tanto, no hubo vulneración de garantías fundamentales. El recurso fue rechazado sin costas.