TributarioAcoge

Normas aplicables: art. 6 letra b n° 6, 17, 97 n° 6, y 165 del código tributario; artíc…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2015

Resumen

Normas aplicables: art. 6 letra b n° 6, 17, 97 n° 6, y 165 del código tributario; artículos 1 y 15 n° 1 del código penal, artículos 144 y 170 del código de procedimiento civil y decreto leyes n° 825 del año 1974, decreto supremo nº 55 del año 1977, y demás normas legales pertinentes. extracto: la contribuyente expresa que estando autorizada para llevar la contabilidad por medios computacionales, por resolución anterior del sii, que le exime de la obligación de mantener una versión actualizada e impresa del registro de compras y ventas en forma permanente en el negocio o establecimiento comercial donde se desarrollan las actividades, fiscalizadores del sii le exigieron que el libro de ventas debía mantenerse en el local, y al no disponer de ellos, le notificaron la infracción prevista y sancionada en el artículo 97 n° 6 del código tributario, lo cual no se ajusta a derecho. el tribunal le dio lugar a la reclamación, dejando sin efecto la notificación de la infracción, condenando en las costas de la causa al sii. la parte vencida apeló de la sentencia, y la ilustrísima corte de apelaciones de punta arenas confirmó el fallo en todas sus partes y, además, condenó al sii en las costas de recurso.

Normas citadas

  • Código Tributario
  • Resolución Exenta N° 3477
  • Artículo 97 del Código Tributario
  • Circular N° 64
  • Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios
  • Decreto Ley N° 824
  • Decreto Supremo N° 55
  • Código de Comercio

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.