Resumen del criterio jurisprudencial
La reclamante Aguas Andinas S.A. presentó un reclamo tributario contra el Servicio de Impuestos Internos por el reavalúo de bienes raíces no agrícolas no habitacionales. El tribunal ordenó a la reclamante acompañar documentos fundantes como el Detalle Catastral, Certificado de Avalúo Fiscal, planos y certificados municipales, así como la comunicación del proceso de reavalúo. La reclamante no cumplió dentro del plazo, presentando documentos que no fueron considerados fundantes. Tampoco acompañó la notificación del nuevo avalúo, lo que impedía verificar si el reclamo fue interpuesto dentro del plazo del artículo 149 del Código Tributario. En consecuencia, el tribunal hizo efectivo el apercibimiento y tuvo por no presentado el reclamo, conforme al artículo 125 inciso 2 del Código Tributario. La resolución fue dictada por el Juez Subrogante Cristhián Navarrete Cottet el 27 de febrero de 2014.