Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de San Miguel declaró inadmisible un recurso de protección interpuesto por MARILAF en contra de SAN MARTÍN. El recurso pretendía impugnar actuaciones realizadas en el marco de una causa judicial que se tramita ante un tribunal de familia. La Corte consideró que el petitorio excedía las materias propias del recurso de protección, ya que implicaba revisar el mérito de actuaciones judiciales en curso. Señaló que el asunto se encuentra sometido al imperio del derecho y no es compatible con una acción cautelar como la incoada. En consecuencia, aplicó el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre tramitación del recurso de protección y declaró la inadmisibilidad, sin perjuicio de otras acciones legales.