Resumen del criterio jurisprudencial
Determinó que la clasificación de un terreno como no idóneo no constituye una prohibición automática de instalación. La sentencia protege los derechos adquiridos de los operadores frente a cambios normativos retroactivos y establece que, en proyectos ubicados en zonas mixtas, debe primar una evaluación caso a caso que pondere la protección del paisaje con la necesidad de transición energética, reafirmando además la competencia estatal en materia de autorizaciones en esta materia.