Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente interpuso una acción de protección contra una ISAPRE por limitar la cobertura de prestaciones de salud mental en su plan antiguo, alegando discriminación y vulneración de garantías constitucionales. La recurrida solicitó el rechazo, argumentando extemporaneidad e improcedencia, y señalando que la Ley N°21.331 y la Circular IF/N°396 solo aplican a planes nuevos. La Corte de Apelaciones rechazó el recurso, considerando que la materia es contractual y no propia de la acción de protección. Además, sostuvo que la recurrida actuó conforme a la normativa vigente y al contrato, sin discriminación. El tribunal concluyó que no existió acto ilegal ni arbitrario, y que la modificación del plan debe convenirse entre las partes.