Resumen del criterio jurisprudencial
El organismo concluyó que los municipios pueden pactar la modalidad de trabajo a distancia con servidores a honorarios que acrediten discapacidad, en virtud de la Ley N°20.422, como medida de inclusión y ajuste razonable, siempre que la naturaleza del servicio lo permita y se establezcan los controles necesarios