La Corte Suprema declara que la relación contractual entre una asistente social y la Mu…
Sentencia · Corte Suprema · 2024
Resumen
La Corte Suprema declara que la relación contractual entre una asistente social y la Municipalidad de Lo Espejo, formalizada mediante contratos suscritos conforme al artículo 4° de la Ley Nº 18.883, constituye una relación laboral de naturaleza subordinada y dependiente. La demandante prestó servicios como coordinadora de programa en el 'Programa Vínculos' durante más de trece años, percibiendo una contraprestación mensual fija de $1.334.823. La sentencia aplica el principio de primacía de la realidad, privilegiando los hechos concretos sobre la forma contractual utilizada. Se confirma que los elementos constitutivos de una relación laboral conforme al artículo 7° del Código del Trabajo concurrieron en la práctica, independientemente de cómo fue documentada la vinculación.
Normas citadas
Artículo 483 Código del Trabajo
Artículo 7° Código del Trabajo
Artículo 4° Ley Nº 18.883
Artículo 1° Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades
relación laboralprimacía de la realidadsubordinación y dependenciamunicipalidadasistente socialcontrato de serviciosLey 18.883unificación de jurisprudencia
Lee el documento completo
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.