Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema acoge el recurso de protección interpuesto contra la negativa del Registro Civil de rectificar la posesión efectiva de bienes del padre fallecido del recurrente. El Servicio había rechazado la rectificación argumentando que el recurrente carecía de reconocimiento paterno conforme a la legislación vigente al momento de la inscripción. La Corte determina que el Registro Civil actuó ilegalmente al desconocer el parentesco del recurrente, quien se encuentra acreditado como hijo en el acta de nacimiento. Se reconoce que la negativa constituye una discriminación que vulnera la garantía de igualdad ante la ley. La sentencia se fundamenta en que la Ley de Filiación eliminó las categorías de hijos legítimos, naturales e ilegítimos, por lo que no puede mantenerse una distinción basada en la falta de reconocimiento expreso en escritura pública.