Artículo de la Ley 18.556 que establece la obligación del Servicio Electoral de elabora…
Ley · Ministerio Secretaría General de la Presidencia · 2021
Resumen
Artículo de la Ley 18.556 que establece la obligación del Servicio Electoral de elaborar una nómina especial de electores mayores de 90 años sin documento vigente y que no hayan votado en las últimas dos elecciones, excluyéndolos inicialmente del Padrón Electoral. Regula la publicación, notificación y procedimiento de reclamación ante inclusión en dicha nómina, y dispone medidas especiales para víctimas de desaparición forzada inscritas en el Registro Electoral.
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.