La Corte de Apelaciones resolvió que el cobro de mantención o administración de tarjeta…
Sentencia · Corte de Apelaciones
Resumen
La Corte de Apelaciones resolvió que el cobro de mantención o administración de tarjeta de crédito, cuando se calcula en relación al capital y número de cuotas de la deuda, constituye un interés y no una comisión por servicio. El tribunal determinó que estos cobros adicionales exceden el interés máximo convencional permitido por ley. Se concluyó que la entidad bancaria infringió el artículo 39 de la Ley 19.496 al cobrar intereses por sobre el máximo convencional establecido en la Ley 18.010. La sentencia reconoce que la contraprestación por mantención de tarjeta debe ser por un servicio específico, no por un cálculo proporcional a la deuda.
Normas citadas
Ley 19.496 - Artículo 39
Ley 18.010 - Interés máximo convencional
Ley 19.496 - Artículo 8
tarjeta de créditointerés máximo convencionalcobro de mantenciónprotección del consumidorLey 19.496infracción comercial
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