Resumen del criterio jurisprudencial
La Audiencia Provincial de Alicante revoca la sentencia de primera instancia que estimaba la demanda de desahucio por precario. El tribunal aprecia de oficio la excepción de litisconsorcio pasivo necesario, considerando que la demanda no fue dirigida contra todos los ocupantes conocidos de la vivienda (específicamente contra Emma). Declara la nulidad de actuaciones con retroacción al momento de la vista. El tribunal establece que el demandante no puede escoger dirigir la acción únicamente contra algunos ocupantes cuando otros sean conocidos, pues existe una relación jurídica inescindible entre todos ellos.