Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente, Gerardo Hernán Mendoza Sabalaga, dedujo recurso de protección contra la Superintendencia de Seguridad Social por la Resolución Exenta N°R-01-DC-103971-2026 que rechazó su recurso de reconsideración y confirmó el rechazo de dos licencias médicas por 60 días de reposo, argumentando que el rechazo fue arbitrario al no considerar que el tratamiento psicológico puede incluir descanso sin medicamentos. La Superintendencia se opuso alegando extemporaneidad y, en subsidio, que el rechazo se basó en informes médicos que no acreditaban severidad psicopatológica, tratamiento farmacológico ni un proceso psicoterapéutico continuo. La Corte rechazó las excepciones de extemporaneidad e improcedencia, pero desestimó el recurso en cuanto al fondo, concluyendo que la decisión administrativa se fundó en antecedentes médicos objetivos evaluados por especialistas, sin que se configurara un acto ilegal o arbitrario que vulnerara la garantía constitucional de integridad física o psíquica.