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El máximo tribunal confirmó que el Fisco actuó correctamente al promover el incidente d…

Noticia · 2026

Resumen

El máximo tribunal confirmó que el Fisco actuó correctamente al promover el incidente de abandono tras más de seis meses de inactividad procesal, rechazando los argumentos de la demandante sobre extemporaneidad.

La Corte Suprema rechazó la casación y confirmó que el Fisco actuó dentro de los plazos al deducir el incidente de abandono el 6 de marzo de 2025, tres días después de ser notificado del auto de prueba.El tribunal aclaró que la notificación expresamente solicitada por la demandante el 14 de enero no interrumpe el plazo de inactividad de seis meses si no se notifica simultáneamente a la otra parte.La sentencia subraya que el encargo de notificación al receptor judicial no constituye una gestión procesal útil capaz de detener el abandono del procedimiento.

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