Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente dedujo recurso de protección contra el Servicio de Registro Civil e Identificación. La Corte de Apelaciones declaró inadmisible el recurso en cuenta. La parte recurrente apeló ante la Corte Suprema. El tribunal de alzada revocó la resolución apelada y declaró admisible el recurso de protección, ordenando darle tramitación correspondiente. Se fundamentó en que el libelo mencionaba hechos que eventualmente podían constituir vulneración de garantías constitucionales. La decisión se basó en el artículo 20 de la Constitución y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección.