Resumen del criterio jurisprudencial
Bárbara Patricia Chávez Vega, en representación de María de los Ángeles Robles Pardo, interpuso un recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones por omitir pronunciarse sobre su solicitud de permanencia temporal presentada el 31 de octubre de 2023. La recurrente consideró afectado su derecho de igualdad (Art. 19 N°2 de la Constitución). El Servicio informó que la solicitud fue declarada inadmisible mediante Resolución Exenta N°24289675 del 12 de junio de 2024, y que la recurrente interpuso un recurso de reconsideración aún pendiente. La Corte analizó que el recurso de protección requiere un acto u omisión ilegal o arbitrario que afecte garantías constitucionales. Al constatar que la solicitud ya fue resuelta por un acto terminal, no existía medida de urgencia que adoptar. Por ello, rechazó el recurso de protección por falta de oportunidad.