Resumen del criterio jurisprudencial
Resulta procedente la exigencia de curador para el ejercicio de la franquicia aduanera prevista en el artículo 48 de la ley N° 20.422, en el caso que se indica. Complementa el dictamen N° 30.171, de 2002.
Resulta procedente la exigencia de curador para el ejercicio de la franquicia aduanera prevista en el artículo 48 de la ley N° 20.422, en el caso que se indica. Complementa el dictamen N° 30.171, de 2002.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.