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Reafirma que los acuerdos de reorganización deben respetar las clases o categorías de a…

Resumen del criterio jurisprudencial

Reafirma que los acuerdos de reorganización deben respetar las clases o categorías de acreedores previstas en la Ley Concursal, evitando mezclas que diluyan las preferencias legales y vulneren el principio de igualdad entre quienes se encuentran en una misma posición jurídica.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.