Resumen
Este tribunal resolvió acoger en parte esta reclamación, teniendo presente entre otras consideraciones que, a fojas 47 autos, el servicio presentó escrito en donde hace presente que la división del bien raíz rol 70-1, se realizó a raíz de la solicitud de modificación de catastro de bienes raíces form. 2118 de fecha 16.06.2010, mediante la cual se solicita la división del bien raíz rol 70-1. en este documento, se reconoce que el predio está afectado por lo dispuesto en el artículo 8 de la ley 17.235, en donde se señala que la sobretasa sólo corresponderá aplicarse transcurrido el plazo de diez años desde que se verificó el siniestro, en este caso el terremoto de fecha 27 de febrero de 2010. asimismo, es dable considerar que la ficha de área homogénea (ah) rolante a fojas 53, respecto del bien gravado, señala que esta propiedad está afectada por tsunami. sin considerar que, como se ha probado en autos, su carencia de los servicios básicos de urbanización, lo que evidentemente lo hacen ser diverso del área homogénea aplicable y que efectivamente debiese provocar una minusvalía del predio sujeto a avaluación.