Resumen
La recurrente, de nacionalidad venezolana, interpuso un recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones y la Policía de Investigaciones por la omisión de iniciar y concluir un procedimiento sancionatorio de expulsión tras su autodenuncia por ingreso clandestino realizada el 10 de julio de 2023. Alegó que dicha inactividad vulneraba sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley y debido proceso. La Policía informó haber recepcionado la autodenuncia, mientras que el Servicio de Migraciones sostuvo que la decisión de iniciar un procedimiento sancionatorio es facultativa y discrecional, y que no existía un procedimiento pendiente. La Corte rechazó el recurso, señalando que la autodenuncia no genera un derecho a exigir el inicio de un procedimiento expulsivo, y que la inactividad administrativa no es ilegal ni arbitraria al tratarse de una potestad discrecional de la autoridad. Concluyó que no se configuró una vulneración de garantías constitucionales.