Resumen
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos acogió la demanda deducida contra Estonia por vulnerar los derechos de un hombre letón en un procedimiento de impugnación de paternidad. El demandante fue padre biológico de un niño en Letonia en 2006, pero tras la emigración de la madre y el menor a Estonia, otro hombre fue registrado como padre legal del niño. El demandante inició procedimientos en ambos países para impugnar esta paternidad y obtener el reconocimiento del vínculo filial. El Tribunal Supremo estonio rechazó su solicitud argumentando que su paternidad aún no había sido confirmada en Letonia. Posteriormente, los tribunales letones sí reconocieron su paternidad. El TEDH constató que las autoridades estonias demostraron falta significativa de diligencia al no examinar las circunstancias particulares del caso ni evaluar los derechos e intereses del demandante, vulnerando así el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. El Tribunal condenó a Estonia a pagar 12.000 euros por daño moral.