ConstitucionalRechaza

F.I.S.C. interpone un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad en cont…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2024

Resumen

F.I.S.C. interpone un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad en contra de los artículos 416, 417, 418 y 419 del Código Penal, así como del artículo 29 de la Ley N° 19.733, que regulan los delitos de injuria y calumnia cometidos a través de medios de comunicación social. El requerimiento se origina en el proceso penal, RUC N° 2210056458-4, seguido ante el Juzgado de Garantía de Concepción. El requirente cuestiona estos preceptos por considerar que vulneran las libertades de opinión e información y el ejercicio del periodismo. El Tribunal Constitucional analiza los argumentos presentados respecto a la constitucionalidad de las normas que tipifican y sancionan los delitos de injuria en sus diversas modalidades. Finalmente, el Tribunal rechaza el requerimiento de inaplicabilidad, considerando que los preceptos legales cuestionados no son inconstitucionales.

Normas citadas

  • Artículo 416 del Código Penal
  • Artículo 417 del Código Penal
  • Artículo 418 del Código Penal
  • Artículo 419 del Código Penal
  • Artículo 413 del Código Penal
  • Artículo 29 de la Ley N° 19.733
  • Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional
libertad de opiniónlibertad de informaciónperiodismoinjuriacalumniadelitos contra el honorinaplicabilidad por inconstitucionalidadmedios de comunicación social

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.