Resumen
La Corte de Santiago determinó que la infracción por exigir un pagaré se consumó al momento de formularse dicha exigencia y que la potestad sancionatoria había prescrito, al transcurrir más de siete años entre los hechos y la formulación de cargos. Aplicó, ante la ausencia de una regla especial, el plazo de seis meses previsto para las faltas en el artículo 94 del Código Penal.