Resumen del criterio jurisprudencial
La parte recurrente, identificada como Díaz, dedujo un recurso de protección en contra de la Tesorería Regional de Ñuble por un acto administrativo que estimó arbitrario o ilegal. La Corte de Apelaciones de Chillán examinó los antecedentes y advirtió que los hechos denunciados y el petitorio excedían el ámbito propio del recurso de protección. El tribunal señaló que la acción pretendía que la Corte revisara el mérito de un acto administrativo dictado por una autoridad que ejerce jurisdicción. Ello implica utilizar una vía de impugnación no prevista en la ley. Por lo tanto, consideró que lo denunciado no es compatible con una acción estrictamente cautelar. En consecuencia, declaró inadmisible el recurso interpuesto en lo principal de folio 1. Se ordenó archivar la causa en su oportunidad y se negó lugar a las solicitudes del primer otrosí.