El Consejo para la Transparencia acogió el amparo presentado contra la Municipalidad de…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió el amparo presentado contra la Municipalidad de Buin, ordenando la entrega de información sobre el catastro de recursos del concejo municipal y los reglamentos que regulan su función, en los términos del cuestionario adjuntado. Se consideró que se trata de información pública que podía responderse de forma afirmativa, negativa o breve, sin que el municipio justificara su denegación con causales de reserva. Además, se representó al alcalde la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia por no responder dentro del plazo legal.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 19.880
Ley N° 18.575
Oficio N° 6651
Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Qué consecuencias tiene para un alcalde no responder una solicitud de acceso a la información dentro del plazo legal?
En este caso, el Consejo representó al alcalde la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia por no responder dentro del plazo legal. La representación es una advertencia formal sobre la falta cometida.
¿El Consejo para la Transparencia puede ordenar a un municipio responder un cuestionario de transparencia activa o pasiva?
En este caso, el Consejo acogió el amparo contra la Municipalidad de Buin y ordenó entregar la información requerida en los términos del cuestionario adjuntado. Así, el organismo exigió una respuesta concreta a las preguntas planteadas.
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