Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Constitucional de Chile conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Asociación Hacienda Santa Martina Nature Club & Golf contra los artículos 19 inciso decimotercero del DL N° 3.500, y 22 inciso cuarto y 8 inciso primero de la Ley N° 17.322, en el marco de un proceso ejecutivo de cobro de cotizaciones previsionales seguido ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. La requirente alegó que la capitalización mensual de intereses (anatocismo) vulnera los principios de proporcionalidad, igualdad ante la ley y debido proceso, generando un crecimiento exponencial de la deuda. El tribunal desestimó el requerimiento, considerando que las normas impugnadas no infringen la Constitución. La sentencia fue adoptada por mayoría, con un voto disidente del Ministro Miguel Ángel Fernández González y dos prevenciones de los Ministros Alejandra Precht Rorris y Mario Gómez Montoya. La decisión se fundamentó en la naturaleza especial de las deudas previsionales y la necesidad de proteger los fondos de pensiones. El fallo fue dictado el 5 de marzo de 2026.