Resumen del criterio jurisprudencial
El 24 de septiembre de 2014 ocurrió un derrame de petróleo en el Terminal Marítimo de ENAP Refinería Aconcagua S.A. en la bahía de Quintero. Los Sindicatos de Pescadores de las caletas Ventanas y Horcón presentaron denuncias ante la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por infracciones a resoluciones de calificación ambiental y otras normas. La SMA inició una investigación pero luego, mediante Resolución Exenta N°, declaró su incompetencia para conocer y sancionar los hechos, ordenando el archivo de las denuncias. Los reclamantes impugnaron esta resolución ante el Segundo Tribunal Ambiental, argumentando que la SMA sí tenía competencia. El tribunal rechazó la reclamación, confirmando la decisión de la SMA. La sentencia se basó en que la SMA carecía de atribuciones para sancionar hechos ocurridos en un terminal marítimo, cuya fiscalización correspondía a la Autoridad Marítima. El fallo fue dictado el 17 de marzo de 2017.