Resumen del criterio jurisprudencial
El reclamante, José Raúl San Martín Baladron, interpuso reclamo tributario contra la Liquidación N° 308201000214 de fecha 22 de marzo de 2016, que determinó diferencias en el Impuesto Global Complementario del año tributario 2013. El actor alegó que la liquidación carecía de fundamentos de hecho y de derecho, ya que no especificaba los agentes retenedores con errores ni las diferencias exactas, vulnerando el principio de probidad administrativa y las normas de la Ley 19.880. Además, solicitó la corrección de errores propios, señalando que la devolución debió ser de $531.578, basándose en la información proporcionada por el propio Servicio. El Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío rechazó el reclamo, confirmando la liquidación, y no condenó en costas por estimar que el reclamante tuvo motivos plausibles para litigar.