Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte rechaza la demanda de precario deducida por Andrea Ester Parra Román en contra de Jorge Luis Sandoval Osorio respecto de un inmueble ubicado en Puente Alto. La demandante alegaba que el demandado ocupaba el bien por mera tolerancia sin contrato alguno. Sin embargo, el tribunal consideró que durante el matrimonio de las partes (2004-2011) el inmueble sirvió como residencia principal de la familia y fue declarado bien familiar. El rechazo se fundamenta en que no puede alegarse mera tolerancia cuando existe una relación matrimonial previa y el bien fue destinado al uso familiar. Se absuelve de costas a la demandante por tener motivos plausibles para litigar.