Resumen del criterio jurisprudencial
La sentencia de primera instancia acogió el reclamo interpuesto fundado en la falta de notificación de las liquidaciones que dieron origen a los giros reclamados, lo anterior atendido a que conforme quedó acreditado en autos, en la fecha que supuestamente el servicio de impuestos internos habría practicado la notificación en la ciudad existía cuarentena por la pandemia de covid-19 y en esa fecha el acceso al local se encontraba cerrado, por lo que no era posible dejar la cédula en el domicilio del contribuyente reclamante. la sentencia de primera instancia fue confirmada por la corte de apelaciones.