Resumen del criterio jurisprudencial
Corresponde al Ministerio de Hacienda velar por el correcto funcionamiento del Consejo Superior de la Hípica Nacional y ejercer la supervigilancia de los hipódromos. Las futuras modificaciones al funcionamiento de los hipódromos deberán efectuarse acorde con el artículo 63, N° 19, de la Constitución Política.