Resumen del criterio jurisprudencial
La doctrina del Tribunal Constitucional establece que, de acuerdo con el artículo 93, inciso primero, Nº 12, de la Constitución Política, es atribución del Tribunal resolver las contiendas de competencia entre tribunales de justicia y autoridades administrativas o políticas. Sin embargo, en este caso específico, la contienda de competencia no se configura, ya que el Ministerio Público, a pesar de la remisión de la denuncia por parte del Juzgado de Letras y Garantía, continúa con la persecución penal de los hechos denunciados. Por lo tanto, al no existir en esta fase procesal una verdadera controversia de competencia entre el Tribunal de Letras y Garantía con competencia en Familia de Collipulli y el Ministerio Público, se concluye que no procede la intervención del Tribunal Constitucional para dirimir dicha contienda. El Ministerio Público debe continuar con la investigación de los hechos que revisten caracteres de delito.