Resumen
El 14 de agosto de 2026 se llevó a cabo la audiencia de apelación ante la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, presidida por el ministro V.H.A., la ministra M.C.F.R. y la abogada integrante P.P.L.. La parte querellante, representada por la abogada V.C.H. y su abogado F.I.O., solicitó la revocación de la resolución del 29 de julio de 2026 dictada en la causa del Juzgado de Garantía de Viña del Mar. La parte querellada, representada por la abogada D.V.A., confirmó la resolución impugnada. El tribunal consideró que la aplicación del artículo 10 N°10 del Código Penal como causal de justificación para el sobreseimiento de la letra e) del artículo 250 del Código Procesal Penal requiere el conocimiento y ponderación de los medios de prueba en el juicio oral. En virtud del artículo 253 del Código Procesal Penal, se revocó la resolución apelada y se ordenó la celebración de una nueva audiencia de juicio oral simplificado. Finalmente, se dispuso notificar y devolver la resolución por la vía más expedita.