Resumen
Se acoge el amparo interpuesto en contra del Instituto Nacional del Deporte, referido a la entrega de copias de las personalidades jurídicas, con directorio y vigencia, de todas las asociaciones y clubes miembros de la Federación Chilena de Automovilismo Deportivo – FADECH, que fueron habidas; o en su defecto, se acredite en la etapa de cumplimiento de la presente decisión que aquellos antecedentes fueron debidamente proporcionados a la parte reclamante. Lo anterior, en atención a que el organismo reclamado se allanó a la entrega de la información que obraba en su poder, además de que no se disponen de antecedentes en el presente procedimiento de amparo, que permitan desvirtuar lo expresado por el órgano requerido en orden a que no posee información adicional a la que se allana a proporcionar, por lo que, no resulta procedente requerir a éste que haga entrega de antecedentes que no obran en su poder. Aplica criterio contenido en las decisiones de los amparos Roles C533- 09, C5079-19, C3313-20, C4076-20, C8068-21, C9338-21, C3191-23 y C10061-23, entre otras. Sin perjuicio de lo anterior, no habiendo quedado suficientemente acreditado en el expediente de la presente reclamación, la entrega efectiva de la información al solicitante, se ordena su entrega; o en su defecto se acredite en la etapa de cumplimiento de la presente decisión que aquellos antecedentes fueron debidamente proporcionados a la parte reclamante.