Resumen del criterio jurisprudencial
El Partido Demócrata Cristiano deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 63, N° 1°, letra c) del Código Orgánico de Tribunales, en relación con un recurso de queja ante la Corte Suprema. El Tribunal Constitucional examina el cumplimiento de requisitos formales establecidos en los artículos 79 y 80 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. Se determina que la acción constitucional cumple con los requisitos de admisibilidad requeridos. El tribunal acoge a tramitación el requerimiento y ordena la comunicación a las partes para que se pronuncien sobre la admisibilidad en un plazo de diez días.