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El organismo concluyó que la jubilación anticipada mantiene la naturaleza jurídica de u…

Resumen del criterio jurisprudencial

El organismo concluyó que la jubilación anticipada mantiene la naturaleza jurídica de una pensión de vejez y, por tanto, activa la indemnización por años de servicio prevista en el contrato colectivo, al no exigirse una edad mínima para acceder al beneficio.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.