AdministrativoRechaza

Se rechaza el amparo interpuesto en contra de la Subsecretaría de Salud Pública, refere…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se rechaza el amparo interpuesto en contra de la Subsecretaría de Salud Pública, referente a la entrega de información sobre: (i) Los casos notificados de dengue a nivel nacional y; (ii) Los registros entomológicos en torno a la presencia del mosquito Aedes Aegypti, ambos requerimientos con los detalles que describe. Lo anterior, por cuanto la reclamada proporcionó acceso a la información que obra en su poder sobre la materia consultada, explicando las razones específicas por las cuales no obran en su poder los antecedentes en el modo de desagregación consultados. Asimismo, por cuanto la materia consultada se encuentra permanentemente a disposición del público en el enlace electrónico indicado por la Institución, señalándose, la fuente, el lugar y la forma en que se puede tener acceso a aquella, en conformidad de lo previsto en el artículo 15° de la Ley de Transparencia. A este respecto debe consignarse que, si bien el artículo 17 de la Ley de Transparencia, establece que lo pedido debe entregarse por el medio y en la forma solicitada, dicha norma se aplica sólo en los casos en que aquello no se encuentra permanentemente a disposición del público, pues en este último caso prima lo prescrito en el artículo 15 de la misma ley. (Decisiones amparos Roles A321-09, C1186-15, entre otros). En el mismo sentido, se pronunció esta Corporación en los Amparos C3575-21, C3576-21, C9029-22, C11416-22 y C11460-23.

amparoDecisión de Fondo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.