ConstitucionalAcoge

La resolución del Tribunal Constitucional establece como Ratio Decidendi que el derecho…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2011

Resumen

La resolución del Tribunal Constitucional establece como Ratio Decidendi que el derecho a punir del Estado no es absoluto y debe respetar principios constitucionales como la dignidad humana, la proporcionalidad de las penas y la finalidad de reinserción social de los condenados. Se argumenta que la exclusión total de ciertos delitos del acceso a penas sustitutivas, como lo establece el artículo 19, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, resulta desproporcionada e inidónea para cumplir con los fines de reinserción social y protección de las víctimas, vulnerando los artículos 19 N° 2 y N° 3 de la Constitución. Asimismo, se sostiene que las penas sustitutivas no son sinónimo de impunidad, ya que constituyen penas que restringen derechos y buscan el control, reinserción y no reincidencia de los condenados. Se destaca que el criterio de proporcionalidad debe considerar el quantum de la pena como un parámetro objetivo para determinar la gravedad del delito, y que la disposición impugnada genera una desproporción al excluir delitos con penas menores en comparación con otros más graves. Como Obiter Dicta, se menciona que el legislador no puede prescindir de la finalidad de reinserción social al establecer reglas de punición y que históricamente los sistemas carcelarios han demostrado ser ineficaces en la rehabilitación de los condenados, mientras que las penas sustitutivas ofrecen un equilibrio entre los derechos de los delincuentes, las víctimas y la sociedad. También se resalta que el uso racional de la privación de libertad debe reservarse para los delitos más graves, y que la estabilidad de la jurisprudencia previa refuerza la igualdad en la aplicación del derecho. Finalmente, se subraya que la eliminación de penas sustitutivas para ciertos delitos no puede justificarse exclusivamente en la naturaleza del delito, sino que debe atender a criterios objetivos de proporcionalidad y racionalidad.

Normas citadas

  • artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
  • artículo 141, inciso tercero, de Código Penal
  • artículo 141, inciso cuarto, de Código Penal
  • artículo 141, inciso quinto, de Código Penal
  • artículo 142, de Código Penal
  • artículo 361, de Código Penal
  • artículo 362, de Código Penal
  • artículo 372 bis, de Código Penal
Tribunal ConstitucionalCCOAcción Penal PúblicaAutoresComposiciónContiendas De CompetenciasCuenta PúblicaDelitos Contra El Estado

Más jurisprudencia de derecho constitucional de 2011 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.