Resumen del criterio jurisprudencial
Doña Cynthia Acuña Silva, candidata a Alcaldesa por Cartagena, reclamó contra la Resolución N° G2124 del Servicio Electoral que rechazó su cuenta de ingresos y gastos electorales. El Servicio Electoral observó un saldo insoluto de $1.339.124 y un gasto de $980.084 por servicios de fotografía y diseño. La reclamante acompañó compromisos de pago con proveedores y un informe de actividades para acreditar los gastos. El Tribunal consideró que los acuerdos de pago eran plausibles dadas las rentas y capacidad de pago de la candidatura. También estimó que el informe de actividades acreditaba el gasto electoral en los términos requeridos. En consecuencia, se acogió la reclamación y se aprobó la cuenta general de ingresos y gastos. Se autorizó el reembolso respecto de los documentos tributarios que cumplieran con el artículo 17 de la ley N°19.884.