Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal estimó que no se acreditó la existencia de un beneficio contractual permanente, cierto y exigible para los viernes. Las sanciones ascendían a 80 UTM en total.
El tribunal estimó que no se acreditó la existencia de un beneficio contractual permanente, cierto y exigible para los viernes. Las sanciones ascendían a 80 UTM en total.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.