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La empresa principal no puede ser eximida de la nulidad del despido prevista en el artí…

Resumen del criterio jurisprudencial

La empresa principal no puede ser eximida de la nulidad del despido prevista en el artículo 162 inciso 5° del Código del Trabajo, al haberse comprobado que durante el régimen de subcontratación se incurrió en incumplimientos que deben ser controlados por dicha empresa.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.