Laboral

El incumplimiento de parte de las entidades administradoras de salud primaria municipal…

Resumen del criterio jurisprudencial

El incumplimiento de parte de las entidades administradoras de salud primaria municipal, para realizar la calificación de su personal dentro del plazo legal, constituye infracción a los artículos 46 de la ley 19.378 y 64 del Decreto N° 1.889. El mismo incumplimiento, por sí sólo, no constituye causal de nulidad del proceso de calificación, porque dicha posibilidad no está contemplada por la ley 19.378 y su Reglamento de la carrera funcionaria.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.